Acuerdo Institucional Derogación Servicio Social Interno

COMUNICADO 2013/A/003

ACUERDO INSTITUCIONAL QUE DEROGA EL TRÁMITE DE LIBERACIÓN DE SERVICIO SOCIAL INTERNO COMO REQUISITO DE TITULACIÓN PARA LAS GENERACIONES DE EGRESADOS 2002 Y ANTERIORES.

A LAS SECRETARÍAS ADMINISTRATIVA Y ACADÉMICA

AL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE DE ESCUELAS, FACULTADES E IDIOMAS

A LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA EGRESADOS EN EL AÑO 2002 Y ANTERIORES

A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA EN GENERAL

 

Con motivo de la revisión a los artículos y disposiciones previstas en el la normatividad universitaria en cuanto a los procedimientos institucionales enmarcados en el Capítulo X denominado “DE LA TITULACIÓN”, la Universidad de Morelia S.C. a través de la oficina de Rectoría comunica lo siguiente:

 

I. ANTECEDENTES

 

  1. Que es propósito de la Universidad de Morelia y de los órganos que la conforman facilitar a los egresados de Escuelas y Facultades universitarias procesos y procedimientos que incentiven la titulación en todas sus modalidades aprobadas en el Reglamento General Universitario.
  2. Que la Universidad de Morelia a través de la Rectoría de esta casa de estudios somete a revisión de sus distintos órganos los alcances y resultados del Servicio Social Interno de la Universidad de Morelia SC. como requisito de Titulación de nivel Licenciatura, a partir de la generación egresada 2002 y anteriores.
  3. Que el Servicio Social Interno fue un programa institucional cuyo propósito esencial fue que los estudiantes aportaran ideas creativas, esfuerzos y valor agregado a cada una de las Escuelas y Facultades a través de programas institucionales específicos, eventos y actividades académicas extramuros.
  4. Que el Servicio Social Interno es un programa que no opera en la Universidad de Morelia desde el año 2003 y que evolucionó a otras prácticas institucionales.
  5. Que debido al proceso de revisión institucional administrativo y académico, la Rectoría de la Universidad de Morelia S.C. publica los siguientes resolutivos:

 

II. ACUERDOS GENERALES

 

PRIMERO. Queda sin efecto el “SERVICIO SOCIAL INTERNO” como requisito para gestionar trámites de Titulación correspondiente a las generaciones egresadas en el año 2012 y anteriores.

SEGUNDO. Que el egresado deberá cumplir con todas y cada una de las disposiciones contempladas en el Capítulo X “De la Titulación”, Artículos 113 al 123 en el Reglamento General Universitario 2011, a excepción de lo acordado en este documento.

TERCERO. Que los ex alumnos que tienen más de 5 años de egreso y que deseen titularse, lo realicen a través de los distintos Programas de Educación Continua que oferta la Universidad de Morelia, sometiéndose a las condiciones establecidas en los Acuerdos Generales Universitarios publicados los días 31 de Enero del 2013 y del 20 de Febrero del 2013.

CUARTO. La vigencia de este acuerdo es a partir de la publicación del mismo.

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Atentamente,

 

“Cada ser humano como principio, una sociedad libre como meta”

Morelia, Michoacán 20 de Febrero del 2013.

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LP. Ariel Vladimir Muñoz Prado, Rector

Mtro. Julio Israel Carranza Plancarte, Secretario Administrativo

Lic. Reyna González Delgado, Secretaria Académica

Lic. Theresa Marie Cadena Chávez, Directora de Idiomas

C. Celia Chihuaque Martínez, Dirección de Control Escolar

C. Directores y Subdirectores de Escuelas y Facultades.

Acuerdo Institucional Liberación Idioma Inglés

COMUNICADO 2013/A/002

ACUERDO INSTITUCIONAL QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA LIBERACIÓN DEL IDIOMA INGLÉS COMO REQUISITO DE TITULACIÓN CONTEMPLADA EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE UNIVERSITARIA.

A LAS SECRETARÍAS ADMINISTRATIVA Y ACADÉMICA

AL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE DE ESCUELAS, FACULTADES E IDIOMAS

A LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA EGRESADOS EN EL AÑO 2012 Y ANTERIORES

A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA EN GENERAL

 

Con motivo de la revisión a los artículos y disposiciones previstas en el Reglamento Institucional 2011 en cuanto a los procedimientos institucionales enmarcados en el Capítulo X denominado “DE LA TITULACIÓN”, la Universidad de Morelia S.C. a través de la oficina de Rectoría comunica lo siguiente:

 

I. ANTECEDENTES

 

  1. Que es propósito de la Universidad de Morelia y de los órganos que la conforman facilitar a los egresados de Escuelas y Facultades universitarias procesos y procedimientos que incentiven la titulación en todas sus modalidades aprobadas en el Reglamento General Universitario.
  2. Que la Universidad de Morelia a través de sus Escuelas y Facultades trabaja activamente en la implementación de programas académicos para el fortalecimiento de la Dirección de Idiomas y los planes académicos que éste órgano administra.
  3. Que la Universidad de Morelia a través de la Rectoría de esta casa de estudios sometió a revisión los alcances y resultados del idioma Inglés como requisito de Titulación de nivel Licenciatura, a partir de la generación egresada 2012 y anteriores.
  4. Que la Rectoría de esta Casa de Estudios determinó la importancia de favorecer el proceso de titulación de los egresados, así como de revisar nuevos modelos pedagógicos y estrategias metodológicas para el fortalecimiento de la enseñanza de el idioma Inglés o cualquier otro contemplado por la Dirección de Idiomas.
  5. Que por tratarse de un tema fundamental para la formación profesional de los egresados de la Universidad de Morelia, el dominio del idioma Inglés como lengua adicional al español es una condición universal aplicada actualmente a todos y cada uno de los Planes y Programa de estudios vigentes o liquidados.
  6. Que debido al proceso de renovación institucional de la Dirección de Idiomas de la Universidad de Morelia, la Rectoría de la Universidad de Morelia S.C. resolvió los siguientes:

 

II. ACUERDOS GENERALES

 

PRIMERO. Queda temporalmente sin efecto el requisito contemplado en el Capítulo X, Artículo 116, Inciso B, párrafo décimo, que a la letra dice: “Constancia generada por la Dirección de Idiomas, que acredite el manejo del idioma”.

SEGUNDO. Que el periodo que ampara este Acuerdo inicia el Primero de Marzo del 2013 y concluye el 28 de Junio del 2013, para un total de cuatro meses calendario.

TERCERO. Que el egresado de la Universidad de Morelia de las generaciones 2012 y anteriores deberán cumplir con todas y cada una de las disposiciones contempladas en el Capítulo X “De la Titulación”, Artículos 113 al 123, a excepción de lo acordado en este documento.

CUARTO. Que los ex alumnos que actualmente tienen más de 5 años de haber culminados sus estudios satisfactoriamente y que deseen titularse, puedan incorporarse de inmediato a los distintos Programas de Educación Continua que oferta la Universidad de Morelia, sometiéndose a las condiciones establecidas en el Acuerdo General Universitario publicado el día 31 de Enero del 2013.

QUINTO. Que en el caso de que el egresado elija actualizarse mediante la aprobación y culminación de un Diplomado, las condiciones para efectos de titulación por esta modalidad son las siguientes:

a)   Cumplir con los requisitos de Titulación contemplados en el Reglamento General Universitario en el Capítulo X (Décimo).

b)   Solicitar por escrito a la Dirección de la Escuela que oferte la inscripción al Diplomado.

c)   Que el estudiante deberá acreditar al 100% los módulos del Diplomado.

d)   Que el estudiante egresado deberá cumplir con el Procedimiento General de Titulación bajo la OPCIÓN DE TESINA, apegándose a las modalidades contempladas en la misma.

SEXTO. En caso de que en este periodo de cuatro meses (marzo-abril) se aperture algún Programa de Educación Continua con una duración mayor a los cuatro meses, el egresado que se inscribiera en dicho programa contará con el beneficio de este acuerdo.

SÉPTIMO. La vigencia de este acuerdo es por la fecha estipulada a partir de la publicación del mismo.

OCTAVO. En caso de no cumplimentar con el acuerdo, los sujetos amparados por este documento se sujetarán al Reglamento Institucional 2011.

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Atentamente,

“Cada ser humano como principio, una sociedad libre como meta”

Morelia, Michoacán 20 de Febrero del 2013.

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LP. Ariel Vladimir Muñoz Prado, Rector

Mtro. Julio Israel Carranza Plancarte, Secretario Administrativo

Lic. Reyna González Delgado, Secretaria Académica

Lic. Theresa Marie Cadena Chávez, Directora de Idiomas

C. Celia Chihuaque Martínez, Dirección de Control Escolar

C. Directores y Subdirectores de Escuelas y Facultades.

Acuerdo institucional para titulación de egresados

COMUNICADO 2013/A/001

 ACUERDO INSTITUCIONAL QUE AUTORIZA A EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD DE MORELIA TITULARSE MEDIANTE LA APROBACIÓN DEL DIPLOMADO “INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE NEGOCIOS” Y SU CORRESPONDIENTE ELABORACIÓN Y DEFENSA DE TESINA CONTEMPLADA EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE UNIVERSITARIA 2011.

A LAS SECRETARÍAS ADMINISTRATIVA Y ACADÉMICA

AL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE DE ESCUELAS, FACULTADES E IDIOMAS

A LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA EGRESADOS EN EL AÑO 2012 Y ANTERIORES

A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA EN GENERAL

 

Con motivo de la revisión a los artículos y disposiciones previstas en el Reglamento Institucional 2011 en cuanto a los procedimientos institucionales enmarcados en el Capítulo X denominado “DE LA TITULACIÓN”, la Universidad de Morelia S.C. a través de la oficina de Rectoría comunica lo siguiente:

 

I. ANTECEDENTES

1. Que es propósito de la Universidad de Morelia y de los órganos que la conforman facilitar a los egresados de Escuelas y Facultades universitarias procesos y procedimientos que incentiven la titulación en todas sus modalidades aprobadas en el Reglamento General Universitario.

2. Que la Universidad de Morelia a través de sus Escuelas y Facultades trabajan activamente en la implementación de programas académicos de emprendimiento, innovación y desarrollo de negocios en múltiples áreas del conocimiento.

3. Que la Universidad de Morelia a través de la Escuela de Administración  se propuso el Diseño Curricular del Plan de Estudios denominado “Diplomado en Innovación y Desarrollo de Negocios” para fomentar la cultura emprendedora y favorecer el ecosistema de emprendimiento en la región y/o el estado de Michoacán.

4.   Que la Rectoría de esta Casa de Estudios determinó la autorización del Diplomado y que el producto terminado o concluyente del mismo resultara en un trabajo de investigación técnico-académico-financiero para efectos de titulación universitaria, mismo que fundamentará la TESINA.

5. Que por tratarse de un tema fundamental para la formación profesional, el emprendimiento y la innovación son temáticas universales aplicadas actualmente a todas y cada una de los Planes y Programa de estudios vigentes o liquidados de la Universidad de Morelia.

6.Que lo anterior es causa y fundamento para AUTORIZAR A CUALQUIER EGRESADO DE LA UNIVERSIDAD DE MORELIA QUE DESEE TITULARSE POR ESTA VÍA PUEDA HACERLO.

 

Por lo anterior, la Rectoría de la Universidad de Morelia S.C. publica los siguientes resolutivos:

 

 II. ACUERDOS GENERALES

 PRIMERO. Las condiciones para efectos de titulación por la vía del Diplomado son las siguientes:

a)   Cumplir con los requisitos de Titulación contemplados en el Reglamento General Universitario en el Capítulo X (Décimo).

b)   Solicitar por escrito a la Dirección de la Escuela de Administración la inscripción al Diplomado.

c)   Que el estudiante deberá acreditar al 100% los módulos del Diplomado, con una calificación mínima aprobatoria de 8 y cumplir con el 80% de asistencia.

d)   Que el estudiante egresado deberá cumplir con el Procedimiento General de Titulación bajo la OPCIÓN DE TESINA, y del TIPO “PLAN DE NEGOCIO”.

e)   Que la definición de “PLAN DE NEGOCIO” se refiere a una TESINA cuyo objetivo es el desarrollo de un proyecto para la creación de un negocio o la expansión  de alguno ya existente. En donde el pasante-sustentante debe mostrar su capacidad para desarrollar un proyecto con visión integral de las diferentes áreas de una organización y de vender la factibilidad de la idea.

SEGUNDO. La vigencia de este acuerdo es por un año calendario a partir de la publicación de este Acuerdo Institucional. En caso de no cumplimentar con el acuerdo, los sujetos amparados por este documento se sujetarán al Reglamento Institucional vigente.

 

Atentamente,

 

 “Cada ser humano como principio, una sociedad libre como meta”

Morelia, Michoacán 31 de Enero del 2013.

 

LP. Ariel Vladimir Muñoz Prado, Rector

Mtro. Julio Israel Carranza Plancarte, Secretario Administrativo

Lic. Reyna González Delgado, Secretaria Académica

Lic. Theresa Marie Cadena Chávez, Directora de Idiomas

C. Celia Chihuaque Martínez, Dirección de Control Escolar

C. Directores y Subdirectores de Escuelas y Facultades.

 

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